AYUDAS PARA LA PREVENCIÓN DE DAÑOS Y LA MEJORA DE HÁBITATS DE ESPECIES CINEGÉTICAS, ANUALIDAD 2016.
¿A QUIEN VA DIRIGIDA?
A los TITULARES DE LOS APROVECHAMIENTOS CINEGÉTICOS de los cotos de caza de Navarra, para sufragar parte de los gastos derivados de las actuaciones encaminadas a la prevención de daños y mejora del hábitat de las especies cinegéticas.
¿QUÉ ACTUACIONES SE SUBVENCIONAN?
- SIEMBRAS PARA LA CAZA: son subvencionables los gastos de las labores de preparación del terreno, siembra y coste de la semilla. Además se incluirá el alquiler o arriendo de las parcelas.
- BANDAS EN PARCELAS AGRÍCOLAS: pueden ser de dos tipos,
- BANDAS DE CEREAL SIN COSECHAR en el borde de las parcelas: se subvencionará por superficie de banda. Se compensará el coste de la producción cesante de la superficie ocupada por banda conservada y los costes adicionales de gestión que se justifiquen. Las bandas deben de permanecer sin aprovechamiento hasta el 15 de agosto; a partir de esta fecha sólo se puede aprovechar a diente. No se realizarán labores para preparar nuevo
cultivo hasta el 1 de septiembre. BANDAS SIN CULTIVAR en borde de las parcelas agrícolas: será subvencionable por superficie de banda sin cultivar. Compensará el coste de producción cesante, una vez deducidos los gastos por semillas y protección fitosanitaria. Además se incluirán los costes adicionales de gestión. Se
mantendrá la vegetación natural herbácea y no se tratarán con productos fitosanitarios. No se realizarán labores hasta el 1 de septiembre.
- PLANTACIONES DE ÁRBOLES Y ARBUSTOS: se desarrollarán en forma de manchas, de forma lineal o plantación de pies aislados. Serán objeto de subvención los gastos de las siguientes actividades:
- Labores de preparación del terreno, coste de la planta y plantación.
- Coste material e implantación de sistemas de protección de las plantaciones.
- Limpiezas de verano y riegos de mantenimiento.
- Creación o mejora de la orla de vegetación en balsas.
- BARRERAS FÍSICAS para protección de cultivos: son subvencionables los gastos siguientes:
- Coste material de mallas para protección de cultivos (y/o componentes).
- Coste material de tubos protectores u otros sistemas similares (y/o componentes).
- Coste material de pastores eléctricos para protección de cultivos (y/o componentes).
No serán subvencionables los gastos derivados de la instalación y mantenimiento de las barreras físicas.
DESBROCE DE MATORRAL para la mejora del hábitat: los desbroces se realizarán en manchas y en superficies discontinuas no superiores a 2 ha. de cada una de las actuaciones.
- BALSAS adecuadas para especies cinegéticas: serán subvencionables los siguientes gastos:
- Creación de pequeñas balsas de interés para las especies cinegéticas.
- Limpieza de pequeñas balsas de interés para las especies cinegéticas.
- Creación de cierres para la regeneración natural de balsas de interés cinegético.
- ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: será subvencionable los costes de contratar externamente la elaboración de la documentación necesaria para solicitar estas ayudas. El pago de la subvención de la Documentación Técnica está supeditado a que al menos haya otra actuación incluida en el expediente. La persona a realizar la Documentación Técnica deberá de ser un técnico universitario competente en la materia (Ingeniero Técnico Forestal o Ingeniero de Montes, y para algunos trabajos también es válido Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero Agrónomo, Biólogo, Licenciado en Ciencias Ambientales y otros).
PLAZOS Y OTRAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- Una vez finalizadas las actuaciones objeto de la subvención, los beneficiarios deberán justificar los gastos y pagos realizados antes del 16 de noviembre de 2016, para lo cual deberán presentar la cuenta justificativa según el modelo del Anexo III, las facturas de los gastos realizados y los respectivos justificantes bancarios que acrediten dichos gastos.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR, DÓNDE Y CÚANDO?
Las solicitudes se presentarán en el registro del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, Calle González Tablas nº 9 de Pamplona, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cada solicitante cursará una única solicitud que contemple todas las actuaciones previstas.
Documentación:
- Impreso de solicitud de acuerdo al modelo del Anexo I, debidamente cumplimentado, firmado.
- Fotocopia del C.I.F (sólo Asociaciones que no hayan solicitado ayuda en años anteriores)
- Domiciliación bancaria (sólo si cambia respecto al año anterior)
- Anexo II de la convocatoria debidamente cumplimentado y firmado. Los datos de este anexo serán un resumen de la solicitud y por tanto han de coincidir con los justificados en las memorias o proyectos técnicos incluidos en el expediente.
- Memoria descriptiva, que deberá incluir el objeto y una breve descripción de la actuación, con expresa indicación de las circunstancias de lugar y tiempo en que haya de llevarse a cabo, presupuesto total del conjunto de la solicitud y planos obtenidos del SIGPAC.
¿HAY ALGÚN LÍMITE DE SUPERFICIE O INVERSIÓN PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN?
Se subvencionarán trabajos con un presupuesto mínimo aceptado de 2.000 €. No se exige una superficie mínima para realizar trabajos. Existe también un límite máximo de inversión subvencionable por expediente de 15.000 €.
¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LA AYUDA?
Un 80% del coste aprobado (IVA excluido) para las acciones de la modalidad B y 60% del coste aprobado para el resto de acciones solicitadas. A excepción de la ayuda solicitada por la modalidad de elaboración de documentación técnica, cuya subvención se calculará como el 10% del presupuesto
aprobado para el resto de las modalidades (IVA excluido). Esta subvención no podrá superar los 300 €
En cualquier caso los presupuestos solicitados deberán ser ajustados a los precios de mercado, y para su moderación de costes se utilizarán las tarifas forestales oficiales de Navarra.
Más información en el Negociado de Gestión y Cooperación en Biodiversidad del Dpto de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, tfno. 848426262, email Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla y en la web del Gobierno de Navarra donde se puede consultar normativa y descargar los anexos.
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/
Poniendo las palabras “cinegéticos” en el buscador de tramites se puede encontrar toda la información.