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NOTA DE PRENSA DE
ADECANA
El presidente de ADECANA, Miguel Iñigo Noain,
se reunió el 17 de diciembre con el Director General de Medio Ambiente y Agua
Andrés Eciolaza Carballo y con el Director de
Conservación de la Biodiversidad Enrique Eraso
Centelles.
El
objeto de la reunión fué el tratar la problemática
que está causando la atribución a las asociaciones de cazadores de los daños
causados por las especies cinegéticas, tanto las derivadas de los accidentes
ocurridos en las carreteras, como en los daños a los cultivos que tantos quebraderos
de cabeza están causando a los cazadores.

Tras
una exposición de los antecedentes legislativos que regulan esta problemática
tanto en la normativa Navarra, como del tratamiento
que estos problemas tienen en el derecho comparado del resto de los países
europeos (Alemania, Austria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Suecia, Inglaterra,
Irlanda y Portugal) ADECANA solicitó al Departamento lo siguiente:
EN
CUANTO A LOS DAÑOS EN LAS CARRETERAS ADECANA SOLICITÓ AL DEPARTAMENTO
1º) Acotar de forma en
los expedientes de responsabilidad que tramita el Departamento que se concrete
mucho mas lo que se entiende por “negligencia en la gestión “ y “Acción de
Caza”,
“Acción de caza” no
entenderse por parte del Gobierno de Navarra que es el haber realizado una cacería el mismo día a la
mañana muchas horas antes, el anterior o unos días antes, incluso a varios
kilómetros de distancia, ya que la practica totalidad de los accidentes se
producen en horario nocturno, cuando está prohibida la actividad cinegética, y
cuando los animales cruzan las carreteras en su libre deambular en busca de
comida.
“Acción de caza” es
únicamente cuando un animal irrumpe a la carretera perseguido por los perros o resacadores en el transcurso de una cacería.
2º) Que se determine en
la normativa que los accidentes que ocurran en las Autovías y Autopista de
Navarra que por obligación han de estar perfectamente valladas para impedir el
paso de la fauna silvestre, son responsabilidad “exclusiva” de sus
concesionarias, eximiendo a las asociaciones de cazadores de responsabilidad
alguna en estas vías de alta capacidad.
3º) Que dado que en
la actualidad, a pesar de que la Ley foral entró en vigor el 29 de diciembre de
2005, todavía no se ha regulado la ayuda prevista en su artículo 85.3, se lleve
a efecto a la mayor brevedad.
4º) Que mientras la
misma no se ponga en practica, se aplique lo dispuesto en la disposición
Transitoria Segunda de la citada Ley, estableciendo en todos los casos las
ayudas por la totalidad del daño indemnizable siempre
que el mismo no sea consecuencia de negligencia en la gestión cinegética.
5º) Que por parte del
Departamento se proceda a dar las ordenes oportunas para el estudio de una
modificación legislativa del tratamiento de los daños producidos por la fauna
silvestre cinegética producida en los atropellos de animales, teniendo en
cuenta la legislación comparada del resto de países europeos, formando una
comisión de cazadores y administración para llevarla a efecto.
EN CUANTO A LOS DAÑOS EN LOS CULTIVOS PRODUCIDOS
POR LOS CONEJOS Y JABALÍES ADECANA
SOLICITÓ AL DEPARTAMENTO
1º)
Que dado que en la Resolución 23089/2007, de 16 de noviembre, del Director
General de Medio Ambiente y Agua, por la que se conceden las ayudas económicas
a los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza
responsables de los daños a la agricultura causados por las especies
cinegéticas, para hacer frente a los daños producidos por la fauna cinegética
en Navarra durante 2007, se va a hacer frente únicamente a la subvención de
150.000 €, y la cuantía de los daños realmente ocasionados han ascendido a
510.423,55 €, se proceda a consignar de forma excepcional en el presupuesto del
año 2008 la cantidad correspondiente para que las ayudas a cobrar por las
asociaciones de cazadores afectadas asciendan respectivamente a una subvención
máxima de 60%, 55% ó el 50% de los daños efectivamente tasados, completando los
referidos importes que no se han podido completar este año.
2º)
Que por parte del Departamento, y con el objeto de que la situación que
sufrimos hoy los cazadores por los daños de conejo no vuelva a ocurrir, que se
dé las ordenes oportunas para que se lleve a efecto un estudio de un cambio
legislativo de la responsabilidad de los daños causados en la fauna silvestre
cinegética adjudicando a cada uno de los entes implicados, administración,
agricultores, cazadores y entidades locales, la parte de responsabilidad que
les debe corresponder.
EN CONTESTACION A ELLO, EL DIRECTOR DEL
DEPARTAMENTO TRANSMITIÓ LO SIGUIENTE:
RESPECTO A LOS DAÑOS A LA AGRICULTURA:
1º)
Que por parte del Departamento hay voluntad del departamento de incrementar vía
presupuestos del año 2008, una partida con importe a determinar para incrementar
el % de subvención a los cazadores respecto a los daños del año 2007; asimismo
están trabajando en aumentar para el año 2008 el presupuesto de las ayudas
económicas para este tipo de daños ya que comprenden que los inicialmente
150.000 e son insuficientes. Son cantidades que confirman que estarán aprobadas
para el año que viene.
2º) Que hay que incidir mucho mas en la
prevención de daños, ya que del montante anual para el año 2007 asignado a las
ayudas por este concepto, por parte de las asociaciones de cazadores no se han
utilizado todo el dinero disponible, y esto es fundamental para la resolución
del problema.
3º) Que el planteamiento que están llevando a
cabo para resolver esta problemática, están promoviendo reuniones en los
pueblos mas afectados por los daños, (concretamente han estado ya en Fontellas, Ribaforada, y ayer en
Tudela, intentando los técnicos de medio ambiente coordinar a tres bandas
reuniones entre los Ayuntamientos, cazadores y agricultores locales, con el fin
de que entre todos se adopten las medidas a tomar para prevenir en lo posible
los daños.
4º) Que están trabajando para minimizar en lo
posible los daños producidos por los conejos que tienen su encame en las
autopista, y causan daños en los cultivos aledaños a ellos.
5º) Que acceden a llevar a cabo un estudio de
una posible modificación legal de la responsabilidad de los cazadores en los
daños producidos en la agricultura y en las carreteras.
RESPECTO A LOS DAÑOS EN LAS CARRETERAS:
1º) Que respecto a lo establecido en el artículo 85,3 de la Ley Foral de Caza y
Pesca, la cual establece una obligación legal de regular una ayuda para apoyar
económicamente el establecimiento de un mecanismo asegurador, que cubra la
eventual responsabilidad de los titulares de los aprovechamientos cinegéticos
de Navarra, la cual al día de hoy todavía está pendiente desde finales
del año 2005, que a principios del año 2008 se dictará con cargo a los
presupuestos del año que viene la orden foral que lo regule, estando el
borrador de la misma muy avanzado.